Las deducciones estatales por obras de eficiencia energética continúan en 2026, pero no premian una tecnología por su nombre. El resultado debe acreditarse en los términos de la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF. Comprar aerotermia, ventanas o aislamiento no basta por sí solo: importan la vivienda, las fechas, el pago y la mejora reflejada en certificados válidos.
Qué cambió en 2026
El Real Decreto-ley 7/2026 amplió hasta el 31 de diciembre de 2026 las modalidades vinculadas a reducción de demanda y a reducción del consumo de energía primaria no renovable en viviendas. La deducción por rehabilitación energética de edificios se extendió hasta el 31 de diciembre de 2027. La norma produce efectos desde el 1 de enero de 2025.
Tres modalidades que no deben mezclarse
La Agencia Tributaria mantiene una modalidad del 20 % para determinadas obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración, otra del 40 % para reducción del consumo de energía primaria no renovable o mejora hasta clase A o B, y una del 60 % para actuaciones de rehabilitación energética en edificios residenciales. Cada una tiene ámbito, plazos y límites propios. Las bases máximas anuales publicadas son 5.000 euros para la primera, 7.500 euros para la segunda y 5.000 euros anuales —con régimen de cantidades pendientes y límite acumulado— para la modalidad del edificio. Estos importes no sustituyen una revisión individual: subvenciones, forma de pago y titularidad pueden modificar la base aplicable.
El certificado anterior es una prueba crítica
La mejora se compara mediante certificados de eficiencia energética expedidos y registrados conforme a la normativa. El certificado previo puede tener una antigüedad máxima de dos años respecto al inicio de las obras. El posterior debe emitirse después de terminarlas y dentro del plazo legal. Una simulación del instalador no sustituye esos certificados. Para las modalidades de vivienda, la reducción exigida se refiere, según el caso, a demanda de calefacción y refrigeración o al indicador de consumo de energía primaria no renovable. En la segunda también puede cumplirse alcanzando una clase energética A o B. Conviene acordar con el técnico qué indicador se pretende acreditar antes de empezar.
Cómo se forma la base
La Agencia Tributaria incluye cantidades satisfechas mediante tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta a quienes ejecutan las obras y a quienes expiden certificados. Excluye entregas de dinero en efectivo. También deben descontarse las cuantías subvencionadas mediante ayudas públicas, de acuerdo con las reglas publicadas.
La actuación individual y la del edificio son escenarios distintos
Las dos primeras modalidades se dirigen a obras en determinadas viviendas del contribuyente, incluidas las alquiladas o en expectativa de alquiler bajo condiciones temporales. La modalidad del 60 % se vincula a edificios de uso predominantemente residencial y permite que el propietario impute su parte de las cantidades satisfechas por la comunidad.
Documentos que conviene conservar
Guarda certificados previo y posterior con sus registros, facturas desglosadas, justificantes de pago, contrato, memoria o proyecto, licencias y resoluciones de ayudas. En comunidades, añade certificados y acuerdos comunitarios, reparto de cuotas y justificantes de los pagos efectuados. La declaración debe apoyarse en documentos, no en una estimación verbal. Antes de aplicar la deducción, contrasta la información vigente de la Agencia Tributaria y, si el caso tiene copropiedad, alquiler, subvenciones o varias anualidades, consulta a un profesional tributario. Este artículo explica el marco general verificado el 6 de septiembre de 2026; no determina el resultado fiscal de una persona concreta.
Fuentes y referencias
- Agencia TributariaDeducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas ↗Consultado: 2026-09-06
- Agencia TributariaMedidas en materia de tributación: ampliación de las deducciones por eficiencia energética ↗Publicado: 2026-03-23 · Consultado: 2026-09-06
- BOEReal Decreto-ley 7/2026, artículo 36 ↗Publicado: 2026-03-20 · Consultado: 2026-09-06

